Auto Supremo AS/0473/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0473/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

3. Expresó que el Auto de Vista al desestimar el recurso de apelación de la tercera incorporada al proceso, vulneró el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, incorporación legítimamente dispuesta por el juez de la causa.
Así planteados los agravios por la recurrente, se concluye que, en la forma, ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271.II y 274.I núm. 2 y 3 del Código Procesal Civil, por lo cual, es admisible.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 413 a 415, presentada por Sabina Mejía Mayta, impugnando el Auto de Vista Nº S-314/2018, pronunciado el 2 de octubre, por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.