d) La aplicación indebida del art
c) Que, en el Auto de Vista, no mencionaron nada sobre lo recurrido referente a la demanda reconvencional, pues los reconvencionistas nunca tuvieron posesión del inmueble, requisito indispensable para la procedencia de la demanda de reivindicación.
d) La aplicación indebida del art. 138 del Código Civil, ya que en el presente caso no fue aplicado en toda su dimensión, pues este artículo importa el reconocimiento del derecho de propiedad que debió ser reconocido al recurrente
d) La aplicación indebida del art. 138 del Código Civil, ya que en el presente caso no fue aplicado en toda su dimensión, pues este artículo importa el reconocimiento del derecho de propiedad que debió ser reconocido al recurrente
- Auto Supremo: 475/2019-RA
- Expediente:O-11-19-S
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 57/2019 de fecha 27 de marzo, cursante de
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Antonio Arancibia Quevedo en lo
- d) La aplicación indebida del art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
