Auto Supremo AS/0258/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2019

Fecha: 26-Jun-2019

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar conforme disponen los arts. 265, 220.III del Código Procesal Civil y 17 de la Ley del Órgano Judicial Ley N° 025, aplicables al caso presente por mandato del art. 252 del CPT