Por memorial presentado el 19 de marzo de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 440/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: Tarija 46/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Eric Orlando Subia Almazán
Delito : Homicidio en Accidente de Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de marzo de 2019, cursante de fs. 147 a 148 vta., Eric Orlando Subia Almazán, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 06/2019 de 14 de febrero, de fs. 141 a 144, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Eleuteria Flores Varas contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 440/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: Tarija 46/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Eric Orlando Subia Almazán
Delito : Homicidio en Accidente de Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de marzo de 2019, cursante de fs. 147 a 148 vta., Eric Orlando Subia Almazán, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 06/2019 de 14 de febrero, de fs. 141 a 144, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Eleuteria Flores Varas contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 18 de marzo de 2019 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 18 de marzo de 2019, el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
