Auto Supremo AS/0455/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0455/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado carece de la debida motivación, fundamentación


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado carece de la debida motivación, fundamentación y congruencia, y es totalmente contrario al principio de favorabilidad establecido en el art. 116.I. de la Constitución Política del Estado (CPE), puesto que de manera incongruente y subjetiva, el Tribunal de Alzada remitiéndose a la acusación formal, transcribe que en la primera entrevista psicológica realizada a la víctima, ésta relató las veces y lugares donde su tío Guiller abuso de ella; posteriormente, en la sesión realizada en la cámara Gessell a solicitud de la madre, expresó “quiero manifestarle que mi tío Mario Monasterio también abuso de mí solo una vez”, extremo totalmente falso e inducido por la madre, puesto que ese mes su persona no se encontraba en Yacuiba. Por otro lado, refiere que el auto recurrido confunde y le atribuye a su persona los hechos que el coacusado Guillermo Monasterio reconoció al ser sometido a procedimiento abreviado, resultando evidente que el Tribunal de Apelación hace simplemente una interpretación de la acusación fiscal y realiza una inadecuada compulsa de los antecedentes procesales, emitiendo un Auto de Vista que viola los derechos fundamentales porque la simple transcripción de la “relación de los hechos” de la acusación fiscal, no puede considerarse fundamentación. Finalmente, enfatiza que el Tribunal de Sentencia no fundamentó su resolución de manera objetiva, con base en hechos probados, entrando en completa contradicción con lo establecido en el art. 360.II. del CPP; por lo cual, el Tribunal de Apelación no debió dar valor a las pruebas presentadas y declarar la absolución, conforme la doctrina legal aplicable. Como precedentes contradictorios, el recurrente presenta una lista de Autos de Vista y Autos Supremos