Auto Supremo AS/0455/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0455/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

Por otra parte, si bien alega el recurrente la vulneración de derechos constitucionales, no identifica


Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que el recurrente de manera general y dispersa acusa que el Auto impugnado carece de la debida motivación, fundamentación y congruencia; que transcribe la acusación fiscal y realiza una inadecuada compulsa de los antecedentes procesales; que le atribuye a su persona los hechos reconocidos por el coacusado Guillermo Monasterio; y, que Tribunal de Sentencia no fundamentó su resolución de manera objetiva, por lo que el Tribunal de Apelación no debió dar valor a las pruebas presentadas; argumentos que demuestran la falta de claridad en los planteamientos que no permite establecer con claridad y certeza cuál es el agravio concreto que le causó el Auto de Vista impugnado; asimismo, presenta una lista de veintinueve Autos Supremos, limitándose únicamente a su mención, sin precisar la contradicción que existe entre éstos y la resolución impugnada, incumpliendo de esta manera con el requisito de admisibilidad previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP.

Por otra parte, si bien alega el recurrente la vulneración de derechos constitucionales, no identifica hechos concretos, por lo que no cumple con el primer requisito de flexibilización, referido a proveer los antecedentes generadores del defecto, tampoco existe una clara explicación de la supuesta restricción de los derechos vulnerados y no vincula su denuncia a la existencia de un defecto absoluto, conforme lo previsto por el art. 169 del CPP; por lo expuesto, el motivo de casación deviene en inadmisible por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de la norma Adjetiva Penal y los criterios de flexibilización