Respecto al único motivo donde la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió
Respecto al único motivo donde la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en ultra petita, al declarar procedente la apelación interpuesta por el representante del Banco Prodem S.A., y por ende condenarla a una pena de 5 años de reclusión por la comisión de los delitos de Estafa Agravada, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, manifestando que la parte apelante había solicitado que sobre los dos años ya impuestos como pena por el Tribunal de Sentencia, se aumente la mitad; es decir, un año más haciendo un total de 3 años; sin embrago, el Tribunal de alzada la condenó a 5 años de presidio, forzando los delitos de Estafa, Falsificación de Documento Privando y Uso de Instrumento Falsificado cuando son incoherentes, ya que, uno excluye al otro
- Por memorial presentado el 23 de noviembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, la imputada Rosa Andrea Ramírez Calatayud (fs
- Por diligencia de 19 de noviembre de 2018 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- Respecto al único motivo donde la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió
- Al respecto invocó el Auto Supremo 512 de 11 de octubre de 2007, que establecería
- En cuanto a la invocación del Auto Supremo 256/2015-RRC de 10 de abril, la recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
