De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 14 de 23 de julio de 2018 (fs. 458 a 464), el Tribunal Primero de Sentencia de Vallegrande del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Esteban Ortuste Calero, autor y culpable de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 3) del CP, imponiendo la pena de cinco años de reclusión, el pago del daño civil ocasionado a la víctima, más costas y gastos al Estado.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Esteban Ortuste Calero interpuso recurso de apelación restringida (fs. 484 a 492), que fue resuelto por Auto de Vista 10 de 11 de febrero de 2019, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible y procedente el recurso interpuesto, revocando la Sentencia apelada y absolviendo de culpa y pena al imputado
- Por memorial presentado el 1 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 21 de febrero de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el presente caso, se advierte que la parte recurrente fue notificada con el Auto
- En consecuencia, se concluye que el recurso fue interpuesto fuera del plazo previsto por la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
