Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Peticionando casar el Auto de Vista y declarar probada la demanda de
usucapión decenal e improbada la reconvencional de reivindicación.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I.núm.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 574 a 578 vta., presentado por Renato Abel Chipana y María Edith Melgar Cuasace representados legalmente por Edward Fernando Gareca Quiroga en representación legal de impugnando el Auto de Vista Nº 14/2019 de 3 de abril, cursante de fs. 550 a 553 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
usucapión decenal e improbada la reconvencional de reivindicación.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I.núm.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 574 a 578 vta., presentado por Renato Abel Chipana y María Edith Melgar Cuasace representados legalmente por Edward Fernando Gareca Quiroga en representación legal de impugnando el Auto de Vista Nº 14/2019 de 3 de abril, cursante de fs. 550 a 553 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- 1.CONSIDERANDO II
- II.1.- De la resolución impugnada, análisis de impugnabilidad
- II.2.- Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3.- De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 1
- Peticionando en definitiva anular el Auto de Vista
- En el fondo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
