VISTOS
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 401
Sucre, 31 de julio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES:
Expediente:264/2019
Demandante: Elvira Romero Paricagua (Derechohabiente)
Hermógenes Condori Chambi (Causante)
Demandado:Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia:Social (Reclamación de Pensiones del Sistema de Reparto)
Distrito:Oruro
Magistrada Relatora:Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS:
El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 208 a 213, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), a través de Franthi Germán Suxo Gutiérrez e Ivonne Jaqueline Antezana Salazar, en su condición de administrador y abogada regional Oruro, respectivamente, apoderados del representante legal y Director General Ejecutivo Juan Edwin Mercado Claros, impugnando el Auto de Vista Nº AV-SECCASA 69/2019 de 13 de junio, cursante de fs. 197 a 202, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso social de Reclamación de Pensiones del Sistema de Reparto seguido por Elvira Romero Paricagua en su condición de viuda y derechohabiente del causante Hermógenes Condori Chambi, contra la institución recurrente; el Auto de fs. 217, que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y,
I CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia Social (Reclamación de Pensiones), en mérito a la facultad remisiva contenida en los arts. 229 del Código de Seguridad Social, 608 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 401
Sucre, 31 de julio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES:
Expediente:264/2019
Demandante: Elvira Romero Paricagua (Derechohabiente)
Hermógenes Condori Chambi (Causante)
Demandado:Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia:Social (Reclamación de Pensiones del Sistema de Reparto)
Distrito:Oruro
Magistrada Relatora:Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS:
El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 208 a 213, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), a través de Franthi Germán Suxo Gutiérrez e Ivonne Jaqueline Antezana Salazar, en su condición de administrador y abogada regional Oruro, respectivamente, apoderados del representante legal y Director General Ejecutivo Juan Edwin Mercado Claros, impugnando el Auto de Vista Nº AV-SECCASA 69/2019 de 13 de junio, cursante de fs. 197 a 202, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso social de Reclamación de Pensiones del Sistema de Reparto seguido por Elvira Romero Paricagua en su condición de viuda y derechohabiente del causante Hermógenes Condori Chambi, contra la institución recurrente; el Auto de fs. 217, que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y,
I CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia Social (Reclamación de Pensiones), en mérito a la facultad remisiva contenida en los arts. 229 del Código de Seguridad Social, 608 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición
- VISTOS
- II ANALISIS DE ADMISIBILIDAD
- En este contexto, con relación a los plazos procesales, el art
- Respecto a los días y horas hábiles, el art
- En ese razonamiento conviene señalar que, la exigencia legal del cumplimiento de plazos procesales responde
- Por los fundamentos expuestos, corresponde resolver el mismo en aplicación del art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
