Como se aprecia, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta
3.- Por último, analizado detenidamente el recurso de casación en la forma contenido en el escrito de fs. 121, se verifica que, en el caso de autos, el recurrente se limita a indicar que ofreció prueba y por tal motivo el monto liquidado debería será reducido, lo cual les dejaría en indefensión e inseguridad jurídica. Además, existiría falta de fundamentación, transcribiendo un párrafo de la SC N° 1369/2001-R de 19 de diciembre, concluyendo que interpone recurso de casación en la forma solicitando casar la Sentencia de grado y se realice una nueva liquidación del subsidio de frontera, valorando las pruebas presentadas.
Como se aprecia, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta las causas que dieron lugar a la interposición de su recurso para el caso en la forma, no siendo suficiente la simple cita de normas legales o la relación de los hechos que se dieron en el proceso, sino demostrar en términos razonables, en qué consiste la infracción que se acusa, además se deja claramente establecido que el memorial de interposición de recurso, carece de técnica jurídica, toda vez que el recurso de casación en cualquiera de sus formas se equipara a una demanda nueva de puro derecho, cuya fundamentación legal debe ser totalmente clara y precisa
Como se aprecia, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta las causas que dieron lugar a la interposición de su recurso para el caso en la forma, no siendo suficiente la simple cita de normas legales o la relación de los hechos que se dieron en el proceso, sino demostrar en términos razonables, en qué consiste la infracción que se acusa, además se deja claramente establecido que el memorial de interposición de recurso, carece de técnica jurídica, toda vez que el recurso de casación en cualquiera de sus formas se equipara a una demanda nueva de puro derecho, cuya fundamentación legal debe ser totalmente clara y precisa
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES
- II.- ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- 2
- Como se aprecia, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta
- En mérito a lo anterior, la deficiencia del recurso, no permite abrir la competencia de
- En definitiva, el recurso sólo constituye un acto de disconformidad, con la resolución de segunda
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente, se declara la ejecutoria del Auto de Vista Nº 56/2019 de 20 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al tribunal de origen.
