El recurrente, aludiendo a la procedencia del recurso de casación, denuncia que el Auto de
Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 9 de abril de 2019 (según recurso de casación), interpuso el recurso de casación, sujeto a análisis el 17 del mismo mes y año.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente, aludiendo a la procedencia del recurso de casación, denuncia que el Auto de Vista sería contradictorio a la línea jurisprudencial sentada sobre la valoración de la prueba, en contraposición a los Autos Supremos 336/2010 de 1 de julio y 533/2006 de 27 de diciembre, debido a que el Tribunal de alzada, no tomó en cuenta las normas referidas a que no existe doble instancia, siendo ésta excepcional en casos de inobservancia y errónea aplicación de la Ley, ya que al de alzada no le está facultado revalorizar prueba total o parcialmente, debiendo circunscribir sus actos a los asuntos que fueron objeto de apelación. En ese sentido, refiere que con la apelación restringida no solicitó una revalorización de la prueba, por el contrario, denunció la vulneración al debido proceso en cuanto a la obtención material y formal del Certificado Médico Forense signado como prueba MP-4, sobre cuya base se dictó Sentencia condenatoria, por lo que se debió anular la Sentencia ante tal defecto por inobservancia a los arts. 13, 70, 206 y 172 del CPP, al advertirse violación a su vez del art. 115.II de la CPE
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Carlos Eduardo Caguaya Villacorta (fs
- El recurrente, aludiendo a la procedencia del recurso de casación, denuncia que el Auto de
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se advierte de obrados la carencia de actuado procesal que
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista sería contradictorio a la línea jurisprudencial sentada
- En el análisis de los argumentos expuestos por el recurrente, se observa la invocación de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
