II.3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 418 del expediente, se establece que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista el 6 de mayo de 2019 y el recurso de casación de acuerdo al timbre electrónico a fs. 419 fue presentado el 20 de mayo de 2019, en el plazo establecido en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- Expediente: SC-72-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del escrito de casación saliente de fs
- b) Señalaron que las autoridades de segunda instancia no se pronunciaron sobre el primer, segundo,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
