Al respecto se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido en el tópico
Al respecto se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido en el tópico III.2, el recurso de casación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias y en los casos expresamente establecidos por ley, siendo viable únicamente dentro de un proceso ordinario y no así para otros casos
- Partes: Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas Tarifa c/ Vocales
- Expediente: LP-80-19-Com
- Distrito: La Paz
- La Sala de Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
- Contra la referida determinación Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- CONSIDERANDO IV
- La compulsante señala que, al negarse el recurso de casación, se le está negando el
- Dentro del caso de Autos, si bien el principio de impugnación es un principio procesal
- Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto de
- Al respecto se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido en el tópico
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de procesos por su
- Conforme establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
