Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto de
Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto de fecha 03 de junio de 2019 que cursa a fs. 28 y vta., rechaza el incidente de nulidad interpuesto por la ahora compulsante fue dictado a raíz de un incidente presentado contra una notificación realizada con el Auto de Vista N° S-104/2019 de 15 de abril que revocó la sentencia de primera instancia y declaró improbadas las excepciones planteadas por Claudia Ximena Pinell de Traverso dentro de un proceso ejecutivo conforme se desprende de los antecedentes o legajos en fotocopias legalizadas
- Partes: Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas Tarifa c/ Vocales
- Expediente: LP-80-19-Com
- Distrito: La Paz
- La Sala de Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
- Contra la referida determinación Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- CONSIDERANDO IV
- La compulsante señala que, al negarse el recurso de casación, se le está negando el
- Dentro del caso de Autos, si bien el principio de impugnación es un principio procesal
- Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto de
- Al respecto se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido en el tópico
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de procesos por su
- Conforme establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
