Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de procesos por su
Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de procesos por su naturaleza no permite el planteamiento del recurso de casación y principalmente por constituirse en una regla general descrita en el art. 270 del Código Procesal Civil, más aun si consideramos que pese a que el proceso es de estructura monitoria (que no admite recurso de casación), el objeto del recurso de casación es el rechazo de un incidente de nulidad planteado en proceso monitorio (ejecutivo), y al resolverse este mediante un Auto interlocutorio simple tampoco admite recurso de casación pues como ya se dijo este medio de impugnación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias dictadas en procesos ordinarios
- Partes: Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas Tarifa c/ Vocales
- Expediente: LP-80-19-Com
- Distrito: La Paz
- La Sala de Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
- Contra la referida determinación Claudia Ximena Pinell de Traverso representada legalmente por Carol Cristina Cárdenas
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- CONSIDERANDO IV
- La compulsante señala que, al negarse el recurso de casación, se le está negando el
- Dentro del caso de Autos, si bien el principio de impugnación es un principio procesal
- Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto de
- Al respecto se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido en el tópico
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de procesos por su
- Conforme establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
