De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
d)La existencia de error de hecho en la valoración de la prueba pues el Tribunal de alzada no razonó en el sentido de que es evidente que el recurrente sufrió violencia psicológica por la demandada, y su abogado en la cárcel de San Pedro, para que firme la minuta cuestionada, pues el recurrente se encontraba privado de libertad, más aun si se considera que el Tribunal de alzada reconoce que el valor de esa prueba acredita el contacto entre el recurrente la demandada y su abogado, motivo por el cual se infringió el art. 145.I y II del Código Procesal Civil y el art. 1286 del Código Civil al no haber aplicado de forma correcta la sana critica.
e)Que el Tribunal de alzada realiza una interpretación errónea del art. 478 del Código Procesal Civil, al señalar que no existe prueba que acredite la violencia ejercida al consentimiento del recurrente, sin considerar que el recurrente se encontraba privado de libertad a momento de firmar la minuta de reconocimiento de mejor derecho de propiedad.
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista y declare probada la demanda
e)Que el Tribunal de alzada realiza una interpretación errónea del art. 478 del Código Procesal Civil, al señalar que no existe prueba que acredite la violencia ejercida al consentimiento del recurrente, sin considerar que el recurrente se encontraba privado de libertad a momento de firmar la minuta de reconocimiento de mejor derecho de propiedad.
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista y declare probada la demanda
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° S
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia que cursa
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- c)Que ni el juez de primera instancia ni el tribunal de alzada realizaron una correcta
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
