II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO
II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO:
En ese contexto, analizando los fundamentos de la demanda y su aclaración, corresponde puntualizar que el Sistema de Control Gubernamental, previsto por la Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad por la Función Pública, instituye que la responsabilidad por la función pública puede ser administrativa, ejecutiva, penal y civil.
El art. 29 de la señalada Ley N° 1178 establece que la responsabilidad administrativa se originará cuando la acción u omisión contravenga el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público; que se determinará por proceso interno de cada entidad
En ese contexto, analizando los fundamentos de la demanda y su aclaración, corresponde puntualizar que el Sistema de Control Gubernamental, previsto por la Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad por la Función Pública, instituye que la responsabilidad por la función pública puede ser administrativa, ejecutiva, penal y civil.
El art. 29 de la señalada Ley N° 1178 establece que la responsabilidad administrativa se originará cuando la acción u omisión contravenga el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público; que se determinará por proceso interno de cada entidad
- Demandado:Presidente Ejecutivo de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB)
- I.- ANTECEDENTES PROCESALES
- II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO
- Por su parte el art
- Por ello es que en el marco del Sistema de Control Gubernamental, mediante DS N°
- El art
- En el contexto de dicha prohibición, el art
- De lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a los procesos administrativos internos de
- Estos aspectos legales inhiben a este tribunal ingresar a revisar el fondo de la demanda
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Desglósese los documentos presentados por el solicitante, sea bajo constancia en obrados
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
