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3.- El recurso de casación de fs. 143 a 147 vta., denuncia que no se habría valorado las pruebas de descargo producidas en el curso del proceso, que acreditan el pago de todos los importes devengados citando documentos del expediente; sin embargo, en su argumentación, transcribe normas adjetivas y sustantivas, normas constitucionales, varios Autos Supremos y Sentencias Constitucionales, sin realizar la explicación de cómo se ha incurrido en alguna infracción legal por parte del Tribunal de alzada en el Auto de Vista recurrido
- Sucre, 27 de agosto de 2019
- Demandante: Freddy Gonzales Suárez
- Demandado: Empresa DECURIÓN representada por Edgar Saúl López Soliz
- Proceso: Cobro de beneficios sociales
- Distrito: Cochabamba
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su
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- Tampoco identifica la existencia de error de hecho o de derecho en la apreciación de
- Estas omisiones, impiden a este Tribunal resolver el recurso, porque no se puede identificar infracciones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario profesional del abogado del actor en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
