Auto Supremo AS/0636/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0636/2019-RA

Fecha: 22-Ago-2019

Como primer motivo, la recurrente refiere que una vez de señalada la audiencia de fundamentación


En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 6 de mayo de 2019, interponiendo su recurso de casación el 13 de mayo del mismo año; por ello, el recurso ha sido interpuesto dentro el plazo de los cinco días hábiles que otorga la Ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Como primer motivo, la recurrente refiere que una vez de señalada la audiencia de fundamentación oral de conformidad a los arts. 411 y 412 del CPP, fue suspendida, procediéndose a sortear el proceso, cuyo Vocal relator fue el Dr. Eddy Mejía y al haber transcurrido más de los 20 días, no se emitió el fallo, procediéndose mediante decreto de 21 de enero de 2019 a dejar sin efecto el sorteo, vulnerándose lo previsto por los arts. 115, 180 de la CPE, 167 y 169 inc. 3 del CPP, recayendo dichas actuaciones en un defecto procesal absoluto. Asimismo, aduce que luego de haberse señalado nuevo sorteo de la causa, ante la nueva convocatoria de la Dra. Patricia Torrico Ortega, no se señaló nueva audiencia de fundamentación oral, transgrediendo los arts. 411 y 412 del CPP, vulnerando el debido proceso en su elemento del derecho a la defensa. Identificándose del motivo dos agravios alegados