En el caso en examen, se establece que el Ministerio Público cumplió con el requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso en examen, se establece que el Ministerio Público cumplió con el requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que el Auto de Vista impugnado le fue notificado el 16 de abril de 2019, presentando su recurso de casación el 24 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo que otorga la Ley en el art 417 del CPP, descontando el lapso de feriado nacional por Semana Santa
- Por memorial de fs
- Por Sentencia 08/2018 de 26 de febrero, de fs
- Según informa diligencia sentada a fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de
- Esto significa que, no basta la
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación
- El precepto legal contenido en el
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso en examen, se establece que el Ministerio Público cumplió con el requisito
- En relación a los demás requisitos de admisibilidad, la Sala halla la evidencia que fueron
- La construcción del memorial de fs
- En cuanto a la invocación de precedentes contradictorios, su presencia en el memorial es únicamente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
