Por diligencia de 28 de mayo de 2019 (fs
Por diligencia de 28 de mayo de 2019 (fs. 55), la entidad recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 3 de junio de mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 3 de junio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija (fs
- Por diligencia de 28 de mayo de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
