Auto Supremo AS/0693/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0693/2019-RA

Fecha: 27-Ago-2019

El art


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae que la parte recurrente previa remembranza del proceso, denuncia que el Auto de Vista conlleva un defecto absoluto que violenta el debido proceso y el derecho a la tutela efectiva, por la carencia de fundamentación, en contraposición de lo previsto en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no expresar los motivos de hecho y de derecho en que basa su decisión y el valor probatorio a los medios de prueba, limitándose a referirse a los fundamentos de Sentencia, en especial al apartado “VI de la fundamentación jurídica”. Invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 322 de 28 de agosto de 2006, 119 de 20 de abril de 2005, 368/2005, 320 de 14 de junio de 2003, 349 de 28 de agosto de 2006, 314 de 25 de agosto de 2006 y 314/2015-RRC de 20 de mayo.

III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP