El art
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae que la parte recurrente previa remembranza del proceso, denuncia que el Auto de Vista conlleva un defecto absoluto que violenta el debido proceso y el derecho a la tutela efectiva, por la carencia de fundamentación, en contraposición de lo previsto en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no expresar los motivos de hecho y de derecho en que basa su decisión y el valor probatorio a los medios de prueba, limitándose a referirse a los fundamentos de Sentencia, en especial al apartado “VI de la fundamentación jurídica”. Invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 322 de 28 de agosto de 2006, 119 de 20 de abril de 2005, 368/2005, 320 de 14 de junio de 2003, 349 de 28 de agosto de 2006, 314 de 25 de agosto de 2006 y 314/2015-RRC de 20 de mayo.
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 20 de mayo de 2019, cursante de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 13 de marzo de 2019 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos se advierte que el recurrente fue notificado con el referido
- Por otra parte, se advierte la denuncia de vulneración de derechos fundamentales, por lo que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
