Por auto de 13 de agosto de 2019 (fs
Por auto de 13 de agosto de 2019 (fs. 116 a fs. 116 vta.), se declara NO HA LUGAR a la aclaración y complementación del decreto de 23 de julio de 2019 de fs. 112 y se conmina a la parte demandante de cumplimiento al decreto señalado en el plazo de 5 días
- VISTOS: La demanda Contenciosa administrativa interpuesta por Futuro de Bolivia S
- El decreto de 9 de julio de 2019 (fs
- Por memorial de 17 de julio de 2019 (fs
- Mediante decreto de 23 de julio de 2019 (fs
- El demandante, por memorial de fs
- Por auto de 13 de agosto de 2019 (fs
- La Administradora de fondo de pensiones, por memorial presentado el 3 de septiembre de 2019
- Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2019, de fs
- II.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese entendido, corresponde en consecuencia aplicar la sanción prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
