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    Auto Supremo AS/0493/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0493/2019

    Fecha: 24-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado : SERBEST S.R.L
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • La Juez Tercera del Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº
    • Auto de Vista
    • En conocimiento de la Sentencia, SERBEST S
    • La actora, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
    • Notificado con el Auto de Vista, Karina Acuña Chuca formuló recurso de casación, señalando lo
    • Por estas razones, el Auto de vista viola el art
    • 2
    • Petitorio
    • Solicita se resuelva, casando el Auto de Vista recurrido; y fallando en lo principal se
    • Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
    • El art
    • Sobre éste marco jurídico, este Tribunal a tiempo de emitir el Auto Supremo Nº 124
    • “…el parágrafo I del art
    • “Tal descripción, obedece a dejar sentado que los mecanismos de instar la reincorporación a la
    • En tal razón, el trabajador que fue retirado de su fuente laboral, por causas ajenas
    • En el caso, como correctamente se determinó en alzada, se evidencia que la actora, acudió
    • Por lo cual, al existir una predisposición del trabajador de cobrar los beneficios sociales, se
    • Debiendo proseguirse en la vía que vea conveniente el trabajador, la solicitud de pago de
    • Inicialmente, corresponde dejar establecido que, es evidente que la SCP 0135/2013-L de 20 de marzo,
    • Empero, aquel criterio, no debe ser asumido para la instancia ordinaria, conforme señaló el propio
    • II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas
    • III
    • Por su parte, el art
    • Finalmente, el art
    • Similar contenido, se tiene en el art
    • Entonces, del escenario normativo anotado, es claro que el derecho al trabajo con remuneración o
    • Estas opciones establecidas en la Ley, ante un supuesto despido intempestivo y sin causa justificada,
    • Pero, cuando se opta por la reincorporación, que excluye la posibilidad de cobro de beneficios
    • En el mismo sentido, la jurisdicción laboral y/o la Jefatura Departamental del Trabajo, deberán atender
    • Cuando transcurre un tiempo prolongado, sin que se haga manifiesta la intención de reincorporarse, por
    • En este orden, también deberá tomarse en cuenta que, ningún derecho o facultad es absoluto,
    • En el caso, independientemente del tiempo que transcurrió desde la desvinculación hasta la presentación de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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