Auto Supremo AS/0715/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0715/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

En cuanto a los argumentos del primer motivo, el recurrente denuncia como defecto absoluto el


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de Autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 1 de octubre de 2018, interponiendo su recurso de casación el 8 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad

En cuanto a los argumentos del primer motivo, el recurrente denuncia como defecto absoluto el pronunciamiento ultrapetita por parte del Tribunal de alzada a tiempo de resolver un agravio no acusado en apelación restringida; a tal efecto, cita glosas parciales de doctrina legal referidas al principio de congruencia - Autos Supremos 408/20114, 308/2015 de 20 de mayo, 231/2016 de 15 de marzo-; empero, soslaya establecer de manera clara y precisa, cuál la contradicción de los precedentes citados con la Resolución recurrida, en los términos previstos por los arts. 416 y 417 del CP, impidiendo el desarrollo de la labor de uniformización jurisprudencial encomendada a este máximo Tribunal de justicia