Auto Supremo AS/0762/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0762/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

La recurrente refiere que en apelación restringida denunció los defectos de Sentencia, previstos en el


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 23/2016 de 3 de agosto (fs. 277 a 286), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Elizabeth Martínez Ortega, autora y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión, más costas.

Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular, Asunta Virginia Pacheco y la recurrente (fs. 306 a 307 “A” y 308 a 319), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 79/2018 de 7 de agosto, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos, confirmando la Sentencia.

El 5 de junio de 2019 (fs. 400), fue notificada la recurrente con el Auto Complementario de la resolución impugnada y el 12 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación sujeto al presente análisis.

II. DEL MOTIVO DE RECURSO DE CASACIÓN

La recurrente refiere que en apelación restringida denunció los defectos de Sentencia, previstos en el art. 370 incs. 11) y 5) del CPP, o sea, la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación y que la fundamentación de la sentencia sea insuficiente; empero, el Tribunal de alzada a tiempo de atender aquellos reclamos emitió un Auto de Vista carente de fundamentación, vulnerando el debido proceso en su vertiente de fundamentación de las resoluciones judiciales. Invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 239/2012-RRC de 3 de octubre y 183/2007 de 6 de febrero