Por memorial presentado el 18 de julio de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 813/2019-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Tarija 75/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ramón Huallpa Quispe
Delito: Abuso Sexual agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de julio de 2019, cursante de fs. 297 a 307, Ramón Huallpa Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2019 de 5 de julio, de fs. 278 a 284 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Freddy Mamani Arce contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual agravado, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 inc. g), ambos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 813/2019-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Tarija 75/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ramón Huallpa Quispe
Delito: Abuso Sexual agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de julio de 2019, cursante de fs. 297 a 307, Ramón Huallpa Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2019 de 5 de julio, de fs. 278 a 284 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Freddy Mamani Arce contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual agravado, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 inc. g), ambos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de julio de 2019, cursante de fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae que la parte recurrente denuncia que el
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En ese sentido, se advierte que la parte recurrente acusa que el Tribunal de alzada
- Por otra parte, se advierte que la parte recurrente denuncia la vulneración de los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
