Se debe considerar dos sucesos procesales en la presente causa: el primero, relativo a la
Se debe considerar dos sucesos procesales en la presente causa: el primero, relativo a la emisión del Auto Supremo N° 157/2019 de 27 de febrero pronunciado por esta Sala Civil, que modificó el Auto Supremo N° 008 pronunciado de 29 de enero, que a su vez acogió la petición de levantar la medida cautelar de arraigo impuesta al imputado, en aquella decisión se efectuó la valoración de la prueba, tomando en cuenta que se estaba liberando del arraigo en contra del imputado, acogiendo las apelaciones planteadas por las entidades que ejercen defensa de la sociedad y del Estado. Segundo, en el caso presente la petición no versa sobre un levantamiento definitivo de la medida cautelar de arraigo, sino únicamente de una autorización de viaje por el lapso de una semana en este mes de septiembre, por lo que las exigencias para tal cometido deben ser flexibilizadas tomando en cuenta la proporcionalidad de la petición del imputado Samuel Jorge Doria Medina Auza
- Parte acusadora: Ministerio Público
- Parte imputada: Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Sánchez Bustamante y otros
- Delitos: Contratos lesivos al Estado y otros
- VISTOS: El recurso de apelación planteado por Samuel Jorge Doria Medina Auza cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en apelación, se establece que la Sala Penal
- b
- c
- d
- Con los argumentos descritos deniega la solicitud de viaje al exterior
- II.1. Del contenido del recurso
- Conforme a lo previsto en los arts
- La presunción de Sala Penal, al sostener que existiesen otras personas que pudieran suscribir dichos
- Solicita que de manera urgente se revoque la determinación de Sala Penal, y se le
- II.2. Respuesta de la Fiscalía General del Estado
- Transcribe el contenido del recurso de apelación planteado por el imputado Samuel Jorge Doria Medina
- Petición
- Solicita que al momento de resolver el recurso se disponga lo que en derecho corresponda
- En el proceso penal es usual aplicar medidas cautelares, las cuales son mecanismos de orden
- En el sistema cautelar, se tienen las de orden personal, que tienen la finalidad de
- En la SCP Nº 0339/2012 de 18 de junio, citando el aporte doctrinario de Cecilia
- En el catálogo de los derechos civiles, la Constitución Política del Estado, establece conforme al
- La resolución impugnada de 26 de agosto de 2019, se sustenta en el argumento de
- El imputado, Samuel Jorge Doria Medina Auza, en su escrito de apelación expresa que para
- Se debe considerar dos sucesos procesales en la presente causa: el primero, relativo a la
- Entre los principios –mandatos de optimización procesal- que sustentan la aplicación de las medidas cautelares,
- Cursa a fs
- El contenido de la nota de 1 de agosto de 2019 suscrito por TVITEC SYSTEM
- Por consiguiente, el contenido de la literal a fs
- Bajo el entendido de que el contenido de la literal a fs
- La necesidad de viaje de Samuel Jorge Doria Medina Auza, se justifica al estar relacionada
- Análisis jurídico que no fue considerado por Sala Penal, que redujo su criterio en manifestar
- Existiendo variación en el argumento fáctico y normativo que fundó la aplicación de la medida
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
