3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que siendo notificada el 31 de julio del 2019 presentó su recurso de casación (fs. 501 a 511), el 13 de agosto del año que transcurre; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo: 904/2019-RA
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- a)Refirió que el Tribunal de alzada no dio lectura al art
- En el fondo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
