Sin embargo, se observa de la formulación del recurso en análisis, el incumplimiento de los
Sin embargo, se observa de la formulación del recurso en análisis, el incumplimiento de los requisitos formales exigidos para su interposición, toda vez que el recurrente se limitó a la simple cita de los Autos Supremos 101 de 25 de febrero de 2008 y 243 de 17 de noviembre de 2008, sin efectuar la descripción del agravio de manera clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos contenidos en precedentes invocados como contradictorios, tal y como lo exige el ordenamiento adjetivo penal en el Art. 417 del CPP y la doctrina legal desarrollada a tal efecto
- Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Diego Fernándes Da Silva, interpuso recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 17 de septiembre de 2019 (fs
- Del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En cuanto al argumento identificado, se advierte que en síntesis el recurrente reclama la vulneración
- Sin embargo, se observa de la formulación del recurso en análisis, el incumplimiento de los
- Por otro lado, en forma incomprensible el recurrente “transcribe” en su recurso lo que parece
- Entonces, no resulta permisible que el recurrente se limite a la simple transcripción desordenada de
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Asimismo, ante la notoria dilación del presente proceso, remítase los antecedentes al Consejo de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
