Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0082/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0082/2020-RA

    Fecha: 20-Ene-2020

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 28 de octubre de 2019, Marcelino Condori Toque, de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 21 de octubre de 2019 (fs
    • Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Acusa de vulnerado su derecho constitucional a ser juzgado y oído mediante el debido proceso,
    • El recurrente, al epílogo de su recurso ampara su petición en los Autos Supremos 124/2018
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de Autos, de la verificación de antecedentes se advierte que el recurrente
    • En principio cabe advertir que el recurrente invoca y transcribe una pluralidad de fallos -
    • Al respecto, cabe recordar que sólo los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales
    • Ahora bien, en el primer motivo identificado, el recurrente denuncia la vulneración de su derecho
    • Asimismo, el recurrente precisó de manera clara como vulnerado su derecho a recurrir, detallando con
    • Por consiguiente, el recurrente cumple a cabalidad con las exigencias previstas para la admisión extraordinaria
    • En el segundo motivo, el recurrente acusa la vulneración de derechos y garantías constitucionales al
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca