Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0082/2020-RA
Fecha: 20-Ene-2020
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Por memorial presentado el 28 de octubre de 2019, Marcelino Condori Toque, de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Por diligencia de 21 de octubre de 2019 (fs
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Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
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Acusa de vulnerado su derecho constitucional a ser juzgado y oído mediante el debido proceso,
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El recurrente, al epílogo de su recurso ampara su petición en los Autos Supremos 124/2018
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El art
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En este contexto, el art
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i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
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ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
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El precepto legal contenido en el citado art
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Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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En el caso de Autos, de la verificación de antecedentes se advierte que el recurrente
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En principio cabe advertir que el recurrente invoca y transcribe una pluralidad de fallos -
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Al respecto, cabe recordar que sólo los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales
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Ahora bien, en el primer motivo identificado, el recurrente denuncia la vulneración de su derecho
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Asimismo, el recurrente precisó de manera clara como vulnerado su derecho a recurrir, detallando con
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Por consiguiente, el recurrente cumple a cabalidad con las exigencias previstas para la admisión extraordinaria
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En el segundo motivo, el recurrente acusa la vulneración de derechos y garantías constitucionales al
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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