Auto Supremo AS/0090/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2020-RA

Fecha: 27-Ene-2020

Que el Auto de Vista Nº S-316/2019 de 15 de julio, violó el principio del

De la revisión del recurso de casación de fs. 347 a 349 vta., se observa que Rolando Edwin Canaviri Moya, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que el Auto de Vista Nº S-316/2019 de 15 de julio, violó el principio del debido proceso, descrito en el art. 115 de la Constitución Política del Estado, al no considerar y valorar como prueba el documento privado reconocido en firmas y rúbricas por ante Notario de Fe Pública, ofrecido y presentado ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al tenor de los arts. 261.III num. 3) y 24 num. 3) de la Ley Nº 439, por el cual Gloria Lily Moya copropietaria del bien inmueble (terreno) registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 9.01.1.01.0008767, asiento A-1, declaró haber recibido la suma de Bs. 600.000,00 por la venta del citado terreno, señalando con ello, que efectivizó y cumplió su obligación como apoderado de su mandante