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2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Jorge Zapata Lafuente según memorial cursante de fs. 233 a 235 vta., dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 22 de julio de 2020 cursante de fs. 266 a 270 vta., CONFIRMANDO la Sentencia de 05 de septiembre de 2017, sin costas ni costos.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Jorge Zapata Lafuente según memorial cursante de fs. 273 a 274 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Jorge Zapata Lafuente según memorial cursante de fs. 273 a 274 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 439/2020-RA
- Expediente:CB-29-20-S
- Partes: Jorge Zapata Lafuente c/ María del Carmen Zapata Lafuente, Skarlet Liseth Montoya Zambrana y
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista de 22 de julio de 2020 cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Jorge Zapata Lafuente se observa que
- Que la decisión judicial asumida en el caso de autos se traduce en un desconocimiento
- Que la falta de una correcta, debida y consiguiente fundamentación en cada uno de los
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
