Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Jorge Felipe Flores Rivert a
Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Jorge Felipe Flores Rivert a través de su representante por Norma Susana Flores Pérez, se extraen los siguientes reclamos de orden legal:
a) Reclamó la vulneración al principio de preclusión y convalidación, refirió que el proceso tiene diversas etapas que se van desarrollando de forma sucesiva mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, no estando permitido el regreso a etapas y momentos ya extinguidos.
b) Denunció la vulneración al principio de la congruencia, considera que las resoluciones de primera y segunda instancia deben responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios. Refirió que el Auto de Vista impugnado es incongruente porque ninguna de las partes pedió la nulidad de obrados.
c) Aseveró que se vulneró el principio de verdad material, en el entendido de que la causal de nulidad invocada en la demanda es el del fraude, falsedad e ilicitud con la que se procedió para consumar una venta ilegal en franco perjuicio de los demandantes, quienes como legítimos herederos se vieron privados de la herencia en virtud a manipulaciones ilícitas, siendo este el motivo por el que se demandó la nulidad del acto jurídico que determinó la transferencia del bien inmueble
a) Reclamó la vulneración al principio de preclusión y convalidación, refirió que el proceso tiene diversas etapas que se van desarrollando de forma sucesiva mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, no estando permitido el regreso a etapas y momentos ya extinguidos.
b) Denunció la vulneración al principio de la congruencia, considera que las resoluciones de primera y segunda instancia deben responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios. Refirió que el Auto de Vista impugnado es incongruente porque ninguna de las partes pedió la nulidad de obrados.
c) Aseveró que se vulneró el principio de verdad material, en el entendido de que la causal de nulidad invocada en la demanda es el del fraude, falsedad e ilicitud con la que se procedió para consumar una venta ilegal en franco perjuicio de los demandantes, quienes como legítimos herederos se vieron privados de la herencia en virtud a manipulaciones ilícitas, siendo este el motivo por el que se demandó la nulidad del acto jurídico que determinó la transferencia del bien inmueble
- Auto Supremo: 464/2020-RA
- Partes: Graciela Marina Flores Rivert Vda
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 124/2020 de 08 de septiembre, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), la parte demandante, ahora recurrente, fue notificado a
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Jorge Felipe Flores Rivert a
- Solicitó casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo declarar IMPROBADA la excepción
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
