3. De la legitimación procesal
Conforme antecedentes, el Auto de Vista S.C.C. II Nº 114/2020 de 20 de marzo, cursante de fs. 310 a 312 vta., fue notificado a la recurrente el 07 de septiembre de 2020, conforme diligencia a fs. 314, que permitió la presentación del recurso de casación el 21 de septiembre del mismo año, conforme timbre electrónico a fs. 318, por lo cual se establece que el recurso fue interpuesto dentro el plazo de 10 días hábiles determinados en el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo: 475/2020-RA
- Partes: Pedro Cailloma Varón c/ Martha Cailloma Varón
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3. De la legitimación procesal
- b) Denunció violación del art
- Formulación de reclamos que constituyen la expresión de agravios del recurso de casación que cumplen
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
