En el caso de autos, se establece que el 7 de septiembre de 2020, la
III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el caso de autos, se establece que el 7 de septiembre de 2020, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 14 de septiembre de 2020; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el Art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
En el caso de autos, se establece que el 7 de septiembre de 2020, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 14 de septiembre de 2020; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el Art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rodolfo Rodrigo Tarqui Escobar (fs
- Por diligencia de 7 de septiembre de 2020 (fs
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 7 de septiembre de 2020, la
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene que
- Refiere que el Auto de Vista contiene una mera transcripción de la relación de hechos
- Señala como precedente contradictorio, los Autos Supremos Nos
- El recurrente sostiene, “Fundamento totalmente contradictorio con los fundamentos insertos en el Auto Supremo N°
- De igual manera, el recurrente pretende que éste Supremo Tribunal, realice su función nomofiláctica a
- Respecto a los precedentes contradictorios citados, corresponde al recurrente no solo citar los mismos, sino,
- Por lo referido, este único motivo de casación debe ser declarado inadmisible por incumplir los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
