La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
En lo demás el señor Castillo Alcócer, trae a casación el reclamo de contradicción a la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 4/2013 de 31 de enero, señalando como situación de hecho similar la aplicación brindada al art. 399 del CPP, precisando que el Tribunal de apelación, en su caso concreto, limitó el alcance de aplicación de esa norma en contraposición a la establecida en el precedente que obliga a los Tribunales de alzada a brindar un plazo pertinente en los casos de errores de forma en la interposición de recursos de apelación restringida.
En tal circunstancia, la Sala tiene por cumplidos las exigencias procesales vistas en los arts. 416 y ss. del CPP, debiendo declararse la admisibilidad de la acción pretendida para su consiguiente análisis de fondo
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por Óscar Jaime Castillo Alcócer. En cumplimiento del art. 418 en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas; el Auto de Vista impugnado, así como la presente Resolución
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2020, Óscar Jaime Castillo Alcócer, interpuso recurso
- Contra la citada Sentencia, el hoy casacionista promovió recurso de apelación restringida, resuelto a través
- La recurrente manifiesta que el Auto de Vista que impugna contiene razonamientos ‘absolutamente desvinculados’ a
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En relación al plazo habilitante, se corrobora que el recurrente fue notificado con el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
