La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
Del contenido de dicho motivo, se advierte que la recurrente refiere a la revalorización de la prueba del Auto de Vista, en consecuencia, no se hace necesaria la exigencia de invocación del precedente contradictorio en apelación restringida; además, cumple con su deber procesal de invocar como precedente contradictorio en casación, citando y desglosando el contenido del Auto Supremo 74 de 19 de marzo de 2013, emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, desarrollando en términos precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, especificando en qué consiste el defecto del pronunciamiento impugnado; en consecuencia, resulta admisible el segundo motivo casacional con base en el precedente contradictorio citado.
Por lo anteriormente expuesto, se evidencia el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación; en consecuencia, resultan admisibles el primer y segundo motivo del recurso.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Pamela Silvia Huarachi Mallcu de Crispín, cursante de fs. 142 a 146 vta., respecto al primer y segundo motivo del recurso
- Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2020, Pamela Silvia Huarachi Mallcu de Crispín,
- Mediante Sentencia N° 35/2018 de 6 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Penal Nº 1
- La acusada Pamela Silvia Huarachi Mallcu, formula recurso de apelación restringida (fs
- Mediante diligencia de 10 de septiembre de 2020, la acusada Pamela Silvia Huarachi Mallcu de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilidad de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilidad de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Por diligencia de fs
- El primer motivo del recurso, denuncia que el Auto de Vista Nº 19/2020 de 16
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- 1. 74 de 19 de marzo de 2013, sobre la prohibición de revalorizar la prueba
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
