VISTOS: El recurso de casación de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 334 a 336, presentado por Natividad Choque Nina impugnando el Auto de Vista Nº 153/2020 de 1 de octubre, cursante de fs. 322 a 327, pronunciado por la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso ordinario de cumplimiento de obligación, seguido por la recurrente contra Rene Ernesto Gallardo Sánchez; el Auto de concesión de 3 de noviembre de 2020 a fs. 339, todo lo inherente; y:
CONSIDRANDO I:
ANTECEENTES DEL PROCESO
1. Natividad Choque Nina mediante memorial a fs. 61 y vta., planteó demanda de cumplimento de obligación contra Rene Ernesto Gallardo Sánchez, quien una vez citado, contestó y presentó demanda reconvencional de reconocimiento de firmas y rúbricas contra la demandante; desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 98/2019 de 29 de octubre, de fs. 291 a 297 por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 12 de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda principal, condenando a la demandante al pago de costas y costos conforme previene el art. 223 y 224 del Código Procesal Civil
CONSIDRANDO I:
ANTECEENTES DEL PROCESO
1. Natividad Choque Nina mediante memorial a fs. 61 y vta., planteó demanda de cumplimento de obligación contra Rene Ernesto Gallardo Sánchez, quien una vez citado, contestó y presentó demanda reconvencional de reconocimiento de firmas y rúbricas contra la demandante; desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 98/2019 de 29 de octubre, de fs. 291 a 297 por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 12 de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda principal, condenando a la demandante al pago de costas y costos conforme previene el art. 223 y 224 del Código Procesal Civil
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 153/2020 de 1 de octubre, se advierte que
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), la recurrente, fue notificada el 5 de octubre
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Natividad Choque Nina en lo
- Denunció que el Tribunal de segunda instancia no cumplió los preceptos del art
- Manifestó que es obligación del Tribunal de segunda instancia decidir sobre los puntos omitidos,
- Refiere que en la sentencia de primera instancia se efectuó una apreciación errónea, vulnerando
- Solicitó casar el Auto de Vista y se anule la Sentencia N° 98/2019 de 29
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
