La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277. II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación interpuesto por Adid Ariel Aranibar Estrada cursante de fs. 664 a 667 vta., contra el Auto de Vista N° 114/2020 de 1 de octubre cursante de fs. 653 a 660 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277. II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación interpuesto por Adid Ariel Aranibar Estrada cursante de fs. 664 a 667 vta., contra el Auto de Vista N° 114/2020 de 1 de octubre cursante de fs. 653 a 660 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Partes: Adid Ariel Aranibar Estrada c/ Carlos Fuad Afcha Farjan, Guibe Patricia Siles Zanabria y
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 114/2020 de 1 de octubre cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- El auto de vista ahora impugnado no cumple con el precepto del debido proceso ya
- Constituye un error en la apreciación de las pruebas el hecho de que en el
- De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
