Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 568, se observa que la recurrente fue notificada el 20 de octubre de 2020 y presentó su recurso de casación el 29 de octubre del mismo año, conforme timbre electrónico que cursa a fs. 574; consecuentemente, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 568, se observa que la recurrente fue notificada el 20 de octubre de 2020 y presentó su recurso de casación el 29 de octubre del mismo año, conforme timbre electrónico que cursa a fs. 574; consecuentemente, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- Auto Supremo: 580/2020-RA
- Expediente: CH-51-20-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Victorina Telera Sinteres conforme
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Victorina Telera Sinteres conforme memorial
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 218/2020 de 15 de octubre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que el Tribunal de apelación a momento de resolver el recurso de apelación hace una
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
