Denunciaron que los recurrentes nunca han tenido un documento contractual con el Banco Central de
Denunciaron que los recurrentes nunca han tenido un documento contractual con el Banco Central de Bolivia y mal pueden atribuir que los recurrentes hayan causado daño gravoso al estado, más aún si nunca se les notificó con la cesión de la Cartera del Banco Boliviano Americano
- Expediente: LP-91-20-S
- Partes: Banco Central de Bolivia representado por Roger Omar Mancilla Campero c/ Ana María y
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación planteado por Hernán Adolfo Viscarra Valcárcel, Marisol Liliana Lujan de Viscarra
- El Auto de Vista ignoró los agravios puntualmente expresados dentro de la fundamentación del recurso
- Acusaron que el Auto de Vista al realizar el análisis de la prueba presentada incurrió
- Denunciaron que los recurrentes nunca han tenido un documento contractual con el Banco Central de
- Manifestaron que el contrato suscrito por Ana María Viscarra Valcárcel y los recurrentes como sus
- Peticionando se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo se declare improbada
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
