Auto Supremo AS/0667/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0667/2020

Fecha: 23-Nov-2020

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de la revisión del expediente se advierte que el tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista Nº 73/2020 de 8 de julio, cursante de fs. 147 a 151 vta., que revocó parcialmente la sentencia apelada, emitió una resolución sin la debida motivación y fundamentación, es decir, no existe un análisis pormenorizado de los presuntos agravios sufridos, de la prueba producida en el proceso, no se dilucida el razonamiento del tribunal para determinar la confirmación del fallo de primera instancia, limitándose en señalar que el juez a quo procedió correctamente en coherencia con los antecedentes procesales y la normativa jurídica aplicable, especialmente el principio de inversión de la prueba que rige en materia laboral, concluyendo en definitiva que no se cumplió con el mandato del art. 265 del adjetivo civil