Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido de Trabajo y
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 158 a 160, interpuesto por German Alejandro Crespo Infantes, representante legal de la Caja de salud CORDES-Regional Tarija, contra el Auto de Vista Nº 73/2020 de 8 de julio, cursante de fs. 147 a 151 vta., pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso laboral seguido por María Eugenia Ordoñez Martínez, contra la institución demandada recurrente, la respuesta de fs. 166 a 168, el Auto de fs. 170 y vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 317/2020-A de 7 de octubre de fs. 178 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, la Sentencia de 23 de octubre de 2014, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que la parte demandada, proceda a la reincorporación de la actora a su fuente laboral, en iguales condiciones con anterioridad a su despido, más el pago de sueldos devengados a partir del 2014 hasta la fecha de su reincorporación, otorgándole los subsidios que le corresponden, y demás derechos actualizados a la fecha de la reincorporación, y se declara probada en parte la excepción perentoria de pago documentado
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, la Sentencia de 23 de octubre de 2014, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que la parte demandada, proceda a la reincorporación de la actora a su fuente laboral, en iguales condiciones con anterioridad a su despido, más el pago de sueldos devengados a partir del 2014 hasta la fecha de su reincorporación, otorgándole los subsidios que le corresponden, y demás derechos actualizados a la fecha de la reincorporación, y se declara probada en parte la excepción perentoria de pago documentado
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez AÑEZ
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, cursante de fs
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener
- Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de
- A lo indicado, se establece que el tribunal de apelación, abstrayéndose de las funciones inherentes
- En suma, todos estos hechos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin responsabilidad por ser exclusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
