Auto Supremo AS/0581/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0581/2020

Fecha: 11-Dic-2020

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:

El art. 270-I del CPC-2013, es aplicable al caso presente, por la permisión contenida Disposición Transitoria Sexta de la norma procesal y los arts. 4 y 5 de la Ley N° 620 de 31 de diciembre de 2014, por ello, se colige que el recurso de casación promovido dentro de los procesos contenciosos, tiene como finalidad la objeción de los fundamentos esgrimidos en la Sentencia de primera instancia, emitidas según el caso por las Salas especializadas en materia Contenciosa y Contenciosa Administrativa de los Tribunales Departamentales o la Sala de la misma materia del Tribunal Supremo de Justicia.

El recurso de casación es un medio impugnatorio vertical y extraordinario, procedente en supuestos determinados por la Ley y dirigido a lograr que el máximo Tribunal Supremo, revise, reforme o anule las resoluciones expedidas dentro de un proceso, que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales; en consecuencia debe tenerse presente que, este recurso extraordinario, no puede asimilarse al recurso ordinario de apelación, en el que corresponde exponer los agravios que exigen los arts. 261-I del CPC-2013 y ser resueltos de acuerdo a lo normado por el art. 265-I de ésta última norma procesal.

Siendo así, los recursos de casación interpuestos en casos como el presente, proceden de manera directa contra la Sentencia, que fue emitida en primera instancia por los aludidos Tribunales; y por eso, no es indispensable la exposición de agravios, sino en aplicación de los arts. 270 y siguientes del CPC-2013, se debe realizar la acusación de infracciones legales expresas, consistente en la violación, aplicación indebida e interpretación errónea de las normas, o el error de hecho o de derecho en la apreciación de las pruebas, conforme prevé el art. 271-I del CPC-2013, por cuanto a diferencia del juicio que expide el Tribunal de apelación, en casación, corresponderá establecer si el Tribunal que emitió la resolución recurrida, incurrió o no, en alguna de las infracciones legales identificadas en el recurso de casación; conforme a este entendimiento, se pasa a analizar el recurso formulado.