Auto Supremo AS/0603/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0603/2020

Fecha: 14-Dic-2020

Contestación al recurso.

Por memorial cursante a fs. 203, Oscar David Antelo Justiniano contesta el recurso señalando en síntesis lo siguiente:

Se realizó una correcta interpretación de la Ley en los arts. 48 párag. I, II, III de la CPE, art. 4 de la Ley General del Trabajo y 202 del Código Procesal del Trabajo.

Fue correcta la valoración de los hechos y del derecho, así como de las pruebas de cargo, testifical, inspección judicial y documental.

Conforme al Auto Supremo N° 187/2013 en relación al AS N° 406 de 1 de abril de 2007, los funcionarios públicos tienen derecho a reclamar sus derechos devengados, aguinaldos y vacaciones, además de cobrar sus derechos adquiridos como es el pre y post natal y hacer uso de sus vacaciones o al pago de la misma si hay desvinculación laboral; siendo esta la línea que tiene el Tribunal Supremo, situación que ha sido tomada en cuenta a tiempo de dictarse la justa sentencia.

Por lo que en definitiva pide se rechace el recurso planteado y se confirme el Auto de Vista recurrido.