POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 1786 vta., interpuesto por Isaac Choque Villalobos representado por Jaime Quispe Mamani contra el Auto de Vista N° S- 149/2020 de 6 de marzo, cursante de fs. 1761 a 1763, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Aleja Sirpa Martela c/ Isaac Choque Villalobos y otros
- Proceso: Reivindicación más daños y perjuicios
- Distrito: La Paz
- De la revisión del recurso de casación de fs
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- Por lo que solicita se revoque el Auto de Vista y emita resolución en el
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
