3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, el recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta a fs. 91 que fue notificado el 24 de septiembre de 2020 con el Auto de Vista Nº S-325/2020 de 14 de agosto, y presentó su recurso de casación cursante de fs. 88 a 90 vta., el 08 de octubre del año en curso, conforme timbre electrónico cursante a fs. 92; es decir en vigencia del plazo señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Proceso: Resolución de contrato
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Pither Andrés Yampasi Mamani, se extractan algunos de los
- Concluyó solicitando anular el Auto de Vista Nº S-325/2020 de 14 de agosto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
